Normalización en seguridad de las tecnologías de la información
3.1. Introducción
3.2. Normas de gestión de seguridad de la información
3.3. Sistema de gestión de seguridad de la información
3.4. Código de buenas prácticas para la gestión de la seguridad de la información
3.5. Técnicas y mecanismos
3.6. La confianza en los productos y sistemas de tecnologías de la información
3.7. Catálogo de informes y normas ISO/IEC, así como proyectos de informes y normas
4.1. ISO/IECJTC1/SC 27 - AEN/CTN 71/SC 27
4.2. CEN/ISSS
4.3. ISO/TMB Gestión de riesgos - AEN GET 13
EDICIÓN:
Miguel A. Amutio Gómez
Jefe de Área de Planificación y Explotación - Ministerio de Administraciones Pública
EDICIÓN WEB:
Mª Paloma Balairón de la Poza
Analista Programador - Ministerio de Administraciones Públicas
Las normas son especificaciones técnicas, de carácter voluntario, consensuadas, elaboradas con la participación de las partes interesadas (fabricantes, usuarios y consumidores, laboratorios, administración, centros de investigación, etc.) y aprobadas por un organismo reconocido.
Estas normas tienen el carácter de acuerdos documentados y contienen las especificaciones técnicas o criterios precisos para ser usados consistentemente como reglas, guías, o definiciones de características, asegurando de esta forma que los materiales, productos, procesos y servicios son apropiados para lograr el fin para el que se concibieron.
La normalización contribuye a simplificar y a incrementar la fiabilidad y eficiencia de los bienes y servicios que utilizamos, así como a mejorar el bienestar de la sociedad y redunda en el beneficio común.
Las normas son, por tanto, documentos de aplicación voluntaria, elaborados por las partes interesadas, por consenso y aprobados por un organismo reconocido.
En el ámbito internacional, ISO (Organización Internacional de Normalización) e IEC (Comisión Electrotécnica Internacional) tienen por objeto favorecer el desarrollo de la normalización en el mundo, con vistas a facilitar los intercambios comerciales y las prestaciones de servicios entre los distintos países. Los trabajos desarrollados por ISO cubren prácticamente todos los sectores de la técnica, con excepción del campo eléctrico y electrotécnico, cuya responsabilidad recae en IEC. Los miembros de ISO o IEC son los organismos que representan la normalización de un país. Tan sólo un organismo de cada país puede ser miembro de estas organizaciones. La participación en los comités técnicos de ISO/IEC puede ser como miembro bien “P” (participante) o bien “O” (observador).
Los órganos de trabajo técnicos de ISO son los siguientes:
Los documentos elaborados por ISO/IEC son, principalmente, de dos tipos:
En el ámbito europeo CEN (Comité Europeo de Normalización) contribuye a los objetivos de la Unión Europea y del espacio económico europeo con estándares técnicos de uso voluntario para facilitar el intercambio de bienes y servicios, eliminar barreras técnicas, fomentar la competitividad de la industria europea y ayudar a la creación del mercado interior europeo. Así, CEN produce normas en materias tales como el comercio libre, la seguridad de trabajadores y consumidores, la seguridad e interoperabilidad de las redes, la protección del medio ambiente, la explotación de los programas de investigación y desarrollo y la administración pública.
CEN emite principalmente:
Una norma europea (EN) conlleva la obligación de ser adoptada como una norma nacional idéntica y de anular las normas nacionales divergentes. Cuando se elaboran a solicitud de la Comisión Europea y, o bien de la Asociación Europea de Libre Comercio, se conocen como normas europeas mandatadas. Puede tratarse de normas que apoyan Directivas comunitarias o políticas comunitarias en diversas cuestiones, como políticas industriales o de seguridad de los consumidores, por ejemplo. Finalmente, una norma armonizada es una norma mandatada que ofrece soluciones técnicas necesarias para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de una o varias Directivas, y sus referencias se han de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea.
En 1997 se creó CEN/ISSS (Comité Europeen de Normalisation / Information Society Standardization System) para centralizar las actividades de normalización europea en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones. En particular, los talleres de CEN/ISSS producen los CEN Workshop Agreements (CWA).
En el ámbito nacional AENOR, la Asociación Española de Normalización y Certificación, asumió la responsabilidad internacional en ISO en 1987, en IEC en 1995 y es, por tanto, el comité miembro que representa los intereses españoles en el campo de la normalización ante dichas organizaciones y quien distribuye los productos de ISO/IEC, CEN/CENELEC, así como las normas UNE.
De la normalización en materia de seguridad de las tecnologías de la información se ocupan respectivamente, en el ámbito internacional de ISO/IEC el subcomité ISO/IEC JTC 1/SC 27, en el ámbito europeo de CEN el órgano CEN/ISSS, en el ámbito nacional de AENOR el subcomité espejo AEN/CTN 71/SC 27.El valor creciente de la información, de los servicios prestados por medios electrónicos y de los sistemas de tecnologías de la información que los soportan, su omnipresencia y su carácter de instrumento esencial para el desarrollo económico y social de nuestra sociedad y los riesgos que se dan, conducen todos ellos a la necesidad de adoptar políticas, procedimientos, prácticas y medidas organizativas y técnicas capaces de:
La dependencia de los sistemas de información preocupa cada vez más a la sociedad ya que genera riesgos debidos a la propia complejidad de los sistemas, a posibles accidentes, errores o ataques, a la constante evolución en un entorno cambiante, o a un posible uso irresponsable de los mismos. La materialización de estos riesgos puede afectar a la propia continuidad de los servicios, sean internos o externos, a la protección de la información en general y, en particular, de los datos de carácter personal, así como a la propia validez y eficacia de los actos que se apoyan en transacciones electrónicas, por ejemplo, de administración electrónica o comercio electrónico.
Los diversos actores afectados, particulares, administraciones públicas y empresas demandan seguridad y, en definitiva, confianza en el uso de los sistemas de tecnologías de la información.
Los pasos a dar para garantizar la seguridad de los sistemas de tecnologías de la información se orientan a la implantación de una gestión continua de la seguridad, a la adopción de medidas organizativas y técnicas que garanticen aspectos tales como la continuidad de su funcionamiento, la protección de la información, la validez de las transacciones electrónicas, la conformidad con el marco normativo y contractual correspondiente, con condiciones tecnológicas (normas) determinadas, el aseguramiento en cuanto a un uso adecuado y optimizado de los recursos, y, en general, la satisfacción de aquellos requisitos que contribuyen al logro de los objetivos de la organización.
Se pone de manifiesto, también, la necesidad o, en su caso, obligación de demostrar en la propia organización y ante terceros que se realiza una gestión competente, efectiva y continua de la seguridad en el marco de los riesgos detectados y de que se han adoptado aquellas medidas adecuadas y proporcionadas a los riesgos a los que está expuesta la organización.
En consecuencia, es necesaria la existencia de un conjunto articulado, sistemático, estructurado, coherente y lo más completo posible de normas que sirvan de vocabulario y lenguaje común, de unificación de criterios, de modelo, especificación y guía para su uso repetido que permitan satisfacer las necesidades y expectativas de la sociedad en materia de construcción, mantenimiento y mejora de la seguridad de la información y de los sistemas que la soportan, aportando a la vez racionalización, disminución de costes, mejoras en competitividad y calidad e incluso nuevas oportunidades.
En los últimos años, se ha producido un incremento de la atención a la seguridad de los sistemas de información, atención a la que no han sido ajenos los Organismos de normalización que están ampliado notablemente sus catálogos de normas disponibles en esta materia. Así, se viene desarrollando una colección significativa de normas en el campo de la seguridad de las tecnologías de la información, que refleja también la evolución de la normalización en general, en la medida en que, junto con el enfoque tradicional de desarrollo de normas centradas en aspectos de la tecnología, se viene produciendo el desarrollo de normas relacionadas con prácticas de gestión, servicios y gestión de riesgos.
Este incremento de la atención a la seguridad de la información y de las tecnologías asociadas, correlativo con el desarrollo de la sociedad de la información en general, y de la administración electrónica en particular, viene teniendo reflejo también en actuaciones de la OCDE y la Unión Europea.
Así, las Directrices de la OCDE para la Seguridad de Sistemas y Redes de Información: hacia una cultura de Seguridad señalan que los Gobiernos deberían desarrollar políticas que recojan las buenas prácticas en la gestión de la seguridad y en la evaluación de riesgos. Este documento indica que pueden usarse normas de gestión de la seguridad de la información reconocidos internacionalmente, tales como las normas ISO y normas específicas de la industria, para establecer sistemas de gestión de la seguridad eficaces.
En la Unión Europea, la Comunicación de la Comisión de las Comunidades Europeas sobre Seguridad de las redes y de la información: Propuesta para un enfoque político europeo (COM(2001) 298 final), propone una serie de medidas y acciones. En particular, se refiere a que las administraciones públicas desarrollen una cultura de seguridad en el seno de la organización y establezcan políticas de seguridad hechas a medida para la institución de que se trate.
La Administración, en sus proyectos de seguridad, tiene presente la normalización en seguridad de las tecnologías de la información y tiene interés en el avance y madurez de las normas.
En particular, las normas se vienen teniendo presentes en instrumentos tales como los siguientes:
De una forma panorámica, los principales ámbitos de normalización son los relativos al sistema de gestión de seguridad de la información, a las técnicas y mecanismos, sean o no criptográficos, y a la evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información y aspectos asociados, según se refleja en el gráfico siguiente, que también recoge la presencia de ámbitos que, de forma creciente, demandan una atención especializada, como la gestión de la identidad y privacidad y los servicios y controles de seguridad, aunque se apoyen, así mismo, en los tres ámbitos principales citados.
En 2004 se crea la serie 27000, con el objetivo de contribuir a la mejor identificación y ordenación de las normas de gestión de seguridad de la información, y satisfacer cuestiones tales como las siguientes:
Para conocer el estado de situación actualizado de la serie de normas ISO/IEC 27000 véase la página del subcomité ISO/IEC JTC1 SC27 en http://www.iso.org/iso/iso_catalogue/catalogue_tc/catalogue_tc_browse.htm?commid=45306
En el ámbito de la normalización nacional, la creación de un cuerpo de normas e informes UNE viene tratando principalmente, hasta la fecha, la gestión de la seguridad de la información. Cabe destacar las siguientes normas:
| Informes y normas UNE | |
| UNE ISO/IEC 27001:2007/M:2009 | Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI). Requisitos |
| UNE ISO/IEC 2002 :2009 | Código de buenas prácticas para la gestión de la seguridad de la información |
| UNE 71504 | Metodología de análisis y gestión de riesgos para los sistemas de información |
Para conocer el estado de situación actualizado de las normas UNE relativas a Tecnologías de la Información, Técnicas de seguridad véase www.aenor.es
La aplicación de un sistema de procesos encaminado a gestionar la seguridad enfatiza la importancia de aspectos tales como los siguientes:
La norma UNE ISO/IEC 27001 especifica un sistema de gestión de seguridad de la información certificable y lo define como:
“parte del sistema global de gestión, que sobre la base de un enfoque basado en los riesgos, se ocupa de establecer, implantar, operar, seguir, revisar, mantener y mejorar la seguridad de la información.
Nota: El sistema de gestión incluye estructuras organizativas, políticas, actividades de planificación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos.”
La implantación de un SGSI permite a una organización lo siguiente:
El ciclo de vida del SGSI se articula en UNE ISO/IEC 27001 según las cuatro etapas ya tradicionales en los sistemas de gestión en general, como los de gestión de calidad ISO 9001 o los de gestión medioambiental ISO 14001:
La prestación de servicios de certificación de conformidad con una norma que especifica los requisitos de un SGSI tiene como objetivo establecer la confianza en los sistemas de información, potenciando la utilización del análisis de riesgos y de los controles necesarios para garantizar la satisfacción de los requisitos de seguridad.

La certificación de un sistema de gestión de la seguridad de la información es un servicio voluntario de valor añadido para asegurar que la organización certificada ha implantado un SGSI de conformidad con un documento normativo específico para ello, como puede ser la norma UNE ISO/IEC 27001.

Asimismo, el mantenimiento de la certificación requiere la realización de auditorías de seguimiento anuales y de una auditoría de renovación al tercer año.
Cabe esperar que diversas entidades presten estos los servicios de certificación de los sistemas de gestión de seguridad de la información de conformidad con la norma UNE ISO/IEC 27001 y que todas ellas se sometan al correspondiente procedimiento de acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como entidades certificadoras, de acuerdo con las normas correspondientes aplicables a los organismos certificadores de la conformidad en este campo (ISO/IEC 27006).
Al menos para los sistemas que caigan en la categoría ALTA debería aplicarse un sistema de gestión de la seguridad de la información (SGSI) al objeto de poder satisfacer ciertos principios básicos [a) seguridad integral, b) gestión de riesgos, e) reevaluación periódica] y requisitos mínimos [Artículo 12. Organización e implantación del proceso de seguridad y Artículo 26. Mejora continua del proceso de seguridad]
El Esquema Nacional de Seguridad no exige específicamente que el SGSI sea un ISO/IEC 27001, si bien éste es aplicable. La certificación de conformidad con ISO/IEC 27001 NO es obligatoria en el Esquema.
La norma UNE ISO/IEC 27002 aporta un conjunto de 133 controles y de recomendaciones, dirigido a los responsables de promover, implantar y mantener la seguridad, con vocación de ser útil en la mayor parte de las situaciones y organizaciones y de establecer una referencia común para el sector de la seguridad de los sistemas de información que favorezca el intercambio de productos, sistemas y servicios entre los proveedores, los clientes, los subcontratistas y otros actores.
Los objetivos principales de la norma ISO/IEC 27002 son los siguientes:
En cuanto a su aplicación práctica UNE ISO/IEC 27002, de forma general, concede gran énfasis a las siguientes cuestiones:
En particular, ISO/IEC 27002 otorga al análisis y gestión de riesgos el papel clave para la identificación de los requisitos de seguridad, cuestión esencial, y para la identificación y selección de los controles y sobre su aplicación, en términos de su formalización y su periodicidad, en el marco del principio de proporcionalidad, que relaciona el valor de los activos y los riesgos a los que están expuestos, junto con el estado de la tecnología y los costes de la posible materialización de los riesgos, así como de los controles que los contrarrestan; todo ello de acuerdo con la idea básica de que la seguridad es más barata si se incorpora, cuanto antes, en las fases de análisis y de diseño de los sistemas.
La norma ISO/IEC 27002 se estructura en introducción, objeto y campo de aplicación, términos y definiciones, estructura de la norma, valoración y tratamiento del riesgo, más once capítulos en los que se detallan los controles, lo cual lo convierte en un producto razonablemente compacto y manejable. Así mismo, como se ha expuesto más arriba, constituye una fuente de controles aplicables en un sistema de gestión de seguridad de la información.
La tabla que se incluye a continuación ofrece una visión panorámica de los contenidos de la norma ISO/IEC 27002.
| Política de seguridad | Documento de política de seguridad. Revisión del documento de política de seguridad. |
| Organización de la seguridad | Infraestructura de organización de la seguridad. Seguridad enacceso de terceras partes. |
| Clasificación y control de activos | Responsabilidad de los activos. Clasificación de la información. |
| Seguridad ligada al personal | Antes del empleo. Durante el empleo. A la terminación del empleo o tras cambios en el mismo. |
| Seguridad física y del entorno | Áreas seguras. Equipamiento de seguridad. |
| Comunicaciones y gestión de explotación |
Procedimientos operativos y responsabilidades. Gestión del servicio prestado por terceras partes. Planificación y aceptación de sistemas. Protección frente a software malicioso. Copias de seguridad. Gestión de seguridad de red. Manejo de soportes. Intercambio de información. Servicios de comercio electrónico. Registro de eventos. |
| Control de acceso al sistema | Requisitos de control de acceso. Gestión del acceso de usuarios. Responsabilidades del usuario. Control de acceso a servicios en red. Control de acceso al sistema operativo. Control de acceso a las aplicaciones. Informática móvil y teletrabajo. |
| Adquisición, desarrollo y mantenimiento de sistemas de información |
Requisitos de seguridad de los sistemas de información. Procesamiento correcto de las aplicaciones. Uso de controles criptográfícos. Seguridad de los archivos del sistema. Seguridad en procesos de desarrollo y mantenimiento. Gestión de vulnerabilidades técnicas. |
| Gestión de incidentes de seguridad de la información. | Informe de incidentes y debilidades de seguridad de la información. Gestión de incidentes de seguridad de la información y mejoras. |
| Gestiónde la continuidad | Aspectos de seguridad de la información en la gestión de la continuidad. |
| Conformidad | Conformidad con requisitos de carácter legal. Conformidad con políticas, normas y aspectos técnicos. Consideraciones de auditoría de sistemas de información. |
La norma ISO/IEC 27002 apunta en su introducción algunos controles considerados esenciales, tales como los siguientes:
La norma UNE ISO/IEC 27002 es un conjunto de controles de seguridad para sistemas de información genéricos orientados, inicialmente, al comercio electrónico.
Si bien numerosas medidas de seguridad del ENS coinciden con controles de UNE ISO/IEC 27002, el Esquema Nacional de Seguridad es más preciso y establece un sistema de protección proporcionado a los bienes protegidos lo que racionaliza la implantación de medidas de protección reduciendo la discrecionalidad. Mientras que la norma UNE ISO/IEC 27002 carece de este mecanismo de proporcionalidad, quedando, en su caso, a la mejor opinión del auditor que certifica la conformidad con la norma UNE ISO/IEC 27001.
Por otra parte, el Esquema Nacional de Seguridad contempla diversos aspectos de aplicación en el ámbito de la administración pública, por ejemplo, relativos a la firma electrónica, no recogidos en la norma UNE ISO/IEC 27002.
Destacan en este ámbito las técnicas y mecanismos criptográficos que tienen un protagonismo singular y creciente en la garantía de dimensiones de la seguridad tales como la confidencialidad, la integridad y la autenticación; forman parte de estructuras más complejas como servicios, aplicaciones e infraestructuras; y, de hecho, se han convertido en componentes clave sobre los que se sustentan piezas esenciales para los servicios de administración electrónica como puede ser la firma electrónica y el fechado electrónico.
En el campo de las técnicas y mecanismos criptográficos, las normas producidas por el SC27 ofrecen especificaciones relativas a cuestiones tales como las siguientes, sin ánimo de exhaustividad:
Los usuarios de productos y sistemas de tecnologías de la información necesitan confianza en que las soluciones que puedan desplegar satisfacen los objetivos de seguridad declarados por las mismas, en el sentido de que son capaces de hacer frente a las amenazas identificadas, de satisfacer las políticas de seguridad definidas en el marco de unos determinados supuestos o hipótesis de seguridad, así como de incorporar unos determinados requisitos funcionales y de aseguramiento que contribuyen a la satisfacción de los citados objetivos, como se resumen en la figura siguiente.

La utilización de productos y sistemas de tecnologías de la información cuya seguridad ha sido evaluada y, en su caso, certificada, es una de las salvaguardas principales para proteger la información y los sistemas que la manejan. Por evaluación se entiende el examen detallado a través del cual se confirma el nivel de seguridad demandado para un sistema de información o parte de él. La evaluación rigurosa e internacionalmente contrastada contribuye a dar confianza en la seguridad de los productos y sistemas de tecnologías de la información.
Un proceso de evaluación, ceñido a lo prescrito en ISO/IEC 15408 Evaluation criteria for IT security, persigue garantizar que las funciones de seguridad de tales productos y sistemas reúnen los requisitos declarados. Otra cuestión, que merece un tratamiento aparte, es que con una posterior certificación se garantizan los resultados de la evaluación y que ésta ha sido realizada de acuerdo con los procedimientos establecidos por un determinado Esquema.
Así, la evaluación facilita que el usuario pueda determinar si el producto satisface sus necesidades de seguridad, definidas habitualmente en función de los resultados del análisis de riesgos y de la expresión de una determinada orientación en materia de política de seguridad; a los desarrolladores les facilita la identificación de requisitos de seguridad, así como la evaluación de sus propios productos o sistemas; a los evaluadores les proporciona orientación a la hora de examinar el objeto evaluado frente a los requisitos que deben satisfacerse.
Destacan las siguientes normas:
El SC27 viene desarrollando normalización en el campo de la evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información, en estrecha colaboración con el proyecto de los Criterios Comunes de Evaluación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.
Sobre estos Criterios Comunes pivota el Arreglo sobre el Reconocimiento de los Certificados de Criterios Comunes en el campo de la Seguridad de la Tecnología de la Información. En este contexto, los certificados de la seguridad son expedidos por Organismos de Certificación reconocidos a productos o sistemas de TI, o a perfiles de protección, que hayan sido satisfactoriamente evaluados por Servicios de Evaluación, conforme a los Criterios Comunes (norma ISO/IEC 15408). El Arreglo especifica con detalle, entre otros aspectos, los requisitos que han de cumplir los Certificados de Criterios Comunes, los Organismos de Certificación y los Centros de Evaluación. España participó en la ratificación inicial del citado Arreglo el 23 de mayo de 2000 y desde el 17 de agosto de 2006 ha es participante acreditado para emitir certificados de seguridad de la tecnología de la información.
Puede consultarse más información sobre el Arreglo en: http://www.csae.map.es/csi/pg3433.htmLos catálogos de informes y normas ISO/IEC, así como los proyectos de informes y normas pueden consultarse en:
El Subcomité ISO/IEC JTC 1/SC 27 Técnicas de Seguridad - Tecnología de la Información tiene por alcance y área de trabajo la normalización de métodos genéricos y técnicas para la seguridad de TI.
La actividad del SC27 se enmarca en la concepción de la Seguridad de la Tecnología de la Información como pieza fundamental para garantizar la confianza de individuos e instituciones en la sociedad de la información.
Los principios y técnicas comúnmente aceptadas de la Seguridad de Tecnología de la Información, sirven de cimiento y punto de referencia para la elaboración y el cumplimiento de las normativas. Dado el carácter de utilización extensiva e intensiva de los Sistemas de Información en la “aldea global”, los principios y técnicas de la Seguridad, necesariamente deben gozar de un consenso lo más amplio posible, de ahí la importancia de que tengan una dimensión internacional, dotándoles así de una mayor eficacia.
La actividad del SC 27 incluye cuestiones tales como las siguientes:
Queda excluida de su actividad la inclusión de mecanismos en las aplicaciones, es decir, la normalización de cómo insertar los mecanismos de seguridad en las diversas aplicaciones (este aspecto queda a discreción de los desarrolladores).
El crecimiento continuo de los proyectos de informes y normas, acorde con el protagonismo creciente de la seguridad de la información y de las tecnologías asociadas, da lugar a que puedan identificarse áreas de actuación en la normalización de extensión suficiente como para que quepa plantearse la reorganización de la estructura preexistente de grupos de trabajo a fin de poder prestarles la cobertura y la atención proporcionada y adecuada a su relevancia. Fruto de esta reflexión el ISO/IEC JTC1 SC27 se reconfiguró en 2006 en torno a cinco grupos de trabajo, tras la creación y entrada en vigor de los grupos GT4 Servicios y controles de seguridad y GT5 Gestión de identidad y privacidad, con la consiguiente redistribución de la carga de trabajo que ha afectado especialmente al GT1 Requisitos, servicios de seguridad y guías.
El SC27 se estructura en los siguientes cinco grupos de trabajo (GT) que se citan a continuación con sus términos genéricos de referencia:
GT1: requisitos, servicios de seguridad y guías.
GT2: mecanismos y técnicas de seguridad.
GT3: criterios de evaluación de la seguridad.
GT4: servicios y controles de seguridad.
GT5 gestión de identidad y privacidad.
Dentro de la concepción general de SC 27 expuesta anteriormente, el subcomité espejo español AEN/CTN 71/SC 27 actúa de acuerdo con objetivos tales como los siguientes:
Las normas elaboradas por el Comité Europeo de Normalización cuentan con varias peculiaridades. La Directiva 98/34, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas, otorga a la Comisión Europea el derecho a solicitar la elaboración de aquellas normas que puedan ser necesarias para la ejecución operativa de las Directivas comunitarias. Además, adquieren el carácter de norma armonizada cuando aportan una solución conforme con las disposiciones legales comunitarias y, en consecuencia, los Estados miembros están obligados a aceptar el cumplimiento de la norma. Dichas normas europeas armonizadas se notifican para una determinada Directiva en el Diario Oficial de la Unión Europea y, desde ese momento, la norma adquiere la capacidad de conferir presunción de conformidad a aquellos productos que la cumplen.
ISO/TMB emprendió la elaboración de una norma de gestión de riesgos, de acuerdo con las siguientes orientaciones:
Como resultado del trabajo realizado se han obtenido los siguientes resultados:
En cuanto a España, en el BOE nº 298 de 14 de diciembre de 2005 se publicó la Resolución de 8 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se autoriza a la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), para asumir funciones de normalización en el ámbito de la gestión de riesgos.
El GET 13 Gestión de riesgos se constituyó en la reunión celebrada el día 8 de febrero de 2006 (1/2006) como grupo espejo del correspondiente de ISO/TMB, con miembros procedentes de muy diversos sectores de actividad, tales como construcción, energía, transporte, salud, alimentación, riesgos laborales, tecnología, medio ambiente, prevención de accidentes, industria aeroespacial, líneas aéreas, tecnología de la información, de la Universidad, la Administración Pública y el Sector Privado.
La finalidad del GET 13 ha sido seguir el desarrollo de la normas citadas más arriba y de realizar la traducciones correspondientes.